Las nuevas disposiciones, con respecto a la pandemia de COVID-19, establecidas por las autoridades oficiales de la República de Türkiye las cuales entrarán en vigencia a partir del 6 de septiembre de 2021 para los extranjeros y los residentes turcos

Lima Büyükelçiliği 08.09.2021
  1. Los vuelos ya suspendidos de Brasil, Sudáfrica, Nepal y Sri Lanka continuarán en este estado hasta que se tome una nueva decisión y no se permitirán los viajes directos desde estos países a nuestro país. Las personas que vengan de otro país pero que hayan estado en Brasil, Sudáfrica, Nepal y Sri Lanka en los últimos 14 días deberán presentar un informe de prueba PCR negativo realizado como máximo 72 horas antes de ingresar a nuestro país, y se solicitará que dichas personas permanezcan en aislamiento por 14 días en los lugares que determine el gobierno (tales personas deben cubrir los gastos relacionados a dicho aislamiento). Si el resultado de la prueba PCR en el día 14 de la cuarentena es negativo, la medida de aislamiento se dará por terminada. Aquellos con un resultado positivo de la prueba PCR se aislarán a partir de la fecha en que el resultado de la prueba sea positivo y la medida terminará con un resultado negativo de la prueba PCR al final del día 14.

  1. Las personas que lleguen a nuestro país desde Bangladesh, India y Pakistán deberán presentar la prueba PCR con resultado negativo como máximo 72 horas antes de ingresar a nuestro país.

Respecto a las personas que vienen directamente de Bangladesh, India y Pakistán y los que estuvieron en estos países en los últimos 14 días:

  • Aquellos que documenten que han recibido al menos dos dosis (o dosis única para Johnson & Johnson) de las vacunas aprobadas para uso de emergencia por la Organización Mundial de la Salud o nuestro país, y que documenten que han pasado al menos 14 días desde la administración de la última dosis estarán exentos de llevar a cabo la cuarentena cuando ingresen a nuestro país.
  • Aquellos que no puedan documentar que han recibido al menos dos dosis (o dosis única para Johnson & Johnson) de las vacunas aprobadas para uso de emergencia por la Organización Mundial de la Salud o nuestro país, y que no pueden documentar que han pasado al menos 14 días desde la última dosis, serán puestos en cuarentena en su residencia o en la dirección que declaren, y serán sometidos a una prueba PCR el día 10 del período de cuarentena. En caso de un resultado negativo de la prueba PCR el día 10, la cuarentena se dará por culminada. Sin embargo, aquellos que no se sometan a una prueba PCR en el décimo día se mantendrán en cuarentena durante 14 días. En caso de que los resultados de la prueba sean positivos, se procederá de acuerdo las actuales directrices de la pandemia publicadas por la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Salud.

  1. La implementación de las disposiciones anteriores relacionadas al ingreso de personas que lleguen a nuestro país desde Afganistán y quienes han estado en este país en los últimos 14 días seguirán siendo válidas.

  1. Las personas del Reino Unido, Irán, Egipto y Singapur deberán presentar una prueba PCR con resultado negativo como máximo 72 horas antes de ingresar a Türkiye.

  1. Al ingreso a nuestro país desde todos los pasos fronterizos (terrestres, aéreas, marítimas, ferroviarias) de otros países distintos a los enumerados en los primeros cuatro puntos; no se requerirá que las personas presenten una prueba rápida de antígeno o PCR con un resultado negativo y no se someterán a cuarentena quienes hayan recibido al menos dos dosis (o dosis única para Johnson & Johnson) de las vacunas aprobadas para uso de emergencia por la Organización Mundial de la Salud o de nuestro país y hayan transcurrido al menos 14 días desde la administración de la última dosis, o quienes presenten un documento emitido por las autoridades oficiales del país correspondiente que el individuo en cuestión ha tenido la enfermedad en los últimos 6 meses, contados a partir del día 28 desde el primer resultado positivo de la prueba PCR.

En el caso de que no puedan presentar el certificado de vacunación o los documentos que acrediten que ya ha superado la enfermedad al ingresar a nuestro país desde los países mencionados, se requerirá presentar los resultados negativos de una prueba PCR realizada como máximo 72 horas antes del ingreso a Türkiye un resultado de prueba rápida antígena negativa realizada dentro un máximo de 48 horas desde la entrada al país.

  1. Los niños menores de 12 años estarán exentos de presentar los resultados de una prueba PCR/Antígeno y certificado de vacunación cuando ingresen a nuestro país.

  1. Con el objetivo de no afectar negativamente el comercio exterior, las tripulaciones de aeronaves y buques, los hombres de mar considerados como personal clave y los conductores de camiones estarán exentos de la prueba de PCR del SARS-CoV-2 y de someterse a cuarentena.

  1. Las personas que ingresen a nuestro país desde todas las fronteras podrán ser sometidas a pruebas PCR en los puntos de destino, sobre la base de muestreo por parte del Ministerio de Salud. En este contexto, las personas podrán ir a su destino final después de la toma de las muestras, y si los resultados de la prueba son positivos, serán tratados de acuerdo a las directrices de la COVID-19 del Ministerio de Salud. Aquellos que tengan contacto cercano con personas cuyos resultados dieron positivo en las pruebas serán aislados por un período de 14 días en las direcciones que hayan indicado, y si los resultados de la prueba de PCR que se realizarán al final del décimo día son negativos, el aislamiento se dará por culminado. El aislamiento de aquellos que sean portadores de la variante delta finalizarán al final del día 14 sin la prueba PCR.

  1. Los ciudadanos turcos que ingresen a nuestro país por nuestros pasos fronterizos deben:
    • Haber recibido al menos dos dosis (o única dosis para Johnson & Johnson) de las vacunas aprobadas para uso de emergencia por la Organización Mundial de la Salud o nuestro país, y que hayan pasado al menos 14 días desde la última dosis o que documenten haber tenido la enfermedad en los últimos 6 meses, contados a partir del día 28 del primer resultado positivo de la prueba de PCR y aquellos que presenten una prueba PCR con resultado negativo realizada como máximo 72 horas antes de la entrada o un resultado negativo de la prueba rápida de antígeno máximo 48 horas antes del ingreso se le permitirá la entrada a nuestro país.

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